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Inscripción de estudiantes de reingreso (licenciatura)

Reingreso (2° a 10° semestre)

Las inscripciones de reingreso para el periodo de enero-junio de 2024 se llevarán a cabo de forma automática, por lo que el alumno deberá efectuar los pagos de cuotas de Rectoría y de cuota interna dentro de las fechas asignadas en sus recibos de pago.

De 2° a 9° semestre deberán verificar su cita para inscripción de unidades de aprendizaje vía web y hacer su trámite correspondiente.

¿Cómo hacer su trámite de reingreso?

  1. Imprimir del SIASE las boletas de pago de cuota interna y cuota de Rectoría.
  2. Acudir al banco dentro de las fechas estipuladas en la boleta para realizar el pago, para evitar pagar multa.
  3. Revisar un par de días antes de iniciar el siguiente semestre su horario de clase. Si es posible visualizar su horario significa que no hay problemas en su inscripción; de lo contrario acuda a Escolar y Archivo llevando consigo los comprobantes de pago de cuota interna y de Rectoría debidamente pagados (los cuales deben traer el sello del banco) para comprobar su situación. Es indispensable haber cubierto los adeudos generados en el semestre anterior.

Semestre enero-junio 2025
Fecha de inicio de clases:
20 de enero de 2025

De acuerdo con lo estipulado en leyes y reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Reglamento General sobre los Procedimientos de Admisión y Permanencia de Alumnos:

Artículo 19.— Se consideran alumnos de reingreso aquellos que estando inscritos durante el ciclo escolar anterior en alguna de las escuelas o facultades de la UANL desean continuar en la misma, siempre y cuando conserven vigentes sus derechos universitarios.

Artículo 20.— Para inscribirse como alumno de reingreso, el estudiante deberá cubrir los siguientes requisitos:

    1. Efectuar los pagos que para el efecto señale la Tesorería General de la Universidad.
    2. Ajustar su inscripción al calendario que para el caso elabora y publica el Departamento Escolar y de Archivo.
    3. Cumplir con los requisitos que indique el reglamento interno de la escuela o facultad correspondiente.
    4. Los demás que especifique el Departamento Escolar y de Archivo.

Artículo 21.— A las personas que por alguna razón no se ajusten al calendario de inscripciones se les concederá una inscripción extemporánea, a juicio del Departamento Escolar y de Archivo, una vez cubierto el pago que para tal efecto establece la Tesorería General de la UANL.

Artículo 22.— Una vez concedida la inscripción extemporánea, que deberá ser antes de que inicie el ciclo escolar, no se autorizará inscripción alguna sino hasta el siguiente periodo escolar.

 

Contacto

Dr. Mario Alberto Loredo Villa
Director

Dra. Magaly Cárdenas Rodríguez
Subdirección Académica

Mtra. Ana Jimena Téllez Ramos
Subdirección Administrativa

Dr. Guillermo Vanegas Arrambide
Subdirección de Proyectos Educativos y Asistenciales


 

Responsable: Facultad de Psicología

UANL Visión 2030